Buenos Aires, 09 de noviembre de 2006
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Modifícase el art. 1º de la Ley Nº 1.157 que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 1º: Prohíbese la circulación general y el estacionamiento de vehículos en el Pasaje Enrique Santos Discépolo entre Av. Callao - intersección Lavalle - y Av. Corrientes - intersección Riobamba."
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO
LEY N° 2.135
Sanción: 09/11/2006
Promulgación: Decreto Nº 2.084/006 del 06/12/2006
Publicación: BOCBA N° 2584 del 12/12/2006